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Senado aprueba por unanimidad proyecto que entrega franquicia tributaria a instalación de colectores solares

>> 30 de junio de 2009

Al beneficio podrán acceder viviendas nuevas de hasta 4.500 UF, mientras que las casas y departamentos cuyo valor no exceda las 2.000 UF recibirán un beneficio igual al valor del sistema y su instalación.


Un respaldo absoluto dio el Senado al proyecto de ley que entrega una franquicia tributaria -que va entre un 20% a un 100% del valor del sistema solar térmico- a la instalación de dichos sistemas en viviendas nuevas. Los senadores aprobaron por unanimidad la iniciativa, que volverá a la Cámara para su tercer trámite constitucional.


El proyecto de ley otorga un crédito tributario para financiar sistemas solares térmicos que sirvan para abastecer de agua potable sanitaria calentada con energía solar a viviendas nuevas de hasta 4.500 UF, abaratando así la instalación de estos sistemas en los hogares de las familias de menores ingresos y de la clase media.


El ministro de Energía, Marcelo Tokman, sostuvo que el contundente apoyo que los senadores le dieron a la iniciativa viene a ratificar la voluntad política de avanzar hacia una mayor diversificación de nuestra matriz en base a energías renovables no convencionales, aprovechando fuentes energéticas limpias y propias.


Cabe destacar, que podrán acceder a este beneficio las viviendas nuevas de hasta 4.500 UF. Las casas y departamentos cuyo valor no exceda de 2.000 UF recibirán un beneficio equivalente a la totalidad del valor del respectivo sistema solar térmico y su instalación.

Los inmuebles que tengan un valor superior a 2.000 UF pero no excedan las 3.000 UF, tendrán un beneficio equivalente al 40% del valor del respectivo sistema solar térmico y su instalación.
Aquellas que estén sobre las 3.000 UF y hasta las 4.500 UF recibirán un beneficio equivalente al 20% del valor de dichos sistemas y su instalación.

En ninguno de estos casos el beneficio podrá superar las 32,5UF por vivienda. En tanto, para la construcción de edificios de departamentos, dada la existencia de economías de escala, el tope por departamento quedó en 29,5 UF cuando la superficie instalada de colectores solares térmicos en el edificio sea menor a 100 metros cuadrados, y en 26 UF, cuando sea igual o mayor a esa superficie.


El ministro sostuvo que esta franquicia tributaria no sólo “nos ayudará a desarrollar el mercado de los colectores solares masivamente, generando la posibilidad de acceder a agua caliente sanitaria a parte importante del 43% de la población que aún no cuenta con ella, sino también nos permitirá generar un ahorro en el consumo de combustibles fósiles.





Más información en: http://www.cne.cl/

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