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Suprema revierte decisión del TDLC y autoriza a Quiñenco a comprar activos de Terpel Chile

>> 8 de enero de 2013


Fuente: Diario Financiero

Tras poco más de siete meses y medio de análisis, ayer la Tercera Sala de la Corte Suprema autorizó a Quiñenco a comprar los activos de Terpel Chile, que habían sido adquiridos en mayo de 2010 por Copec, cuando ésta adquirió la firma colombiana. De paso, la Corte revirtió la decisión del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que en abril de 2012 había rechazado la operación.

En el fallo, la Suprema señala que “de los antecedentes del proceso queda meridianamente claro que el mercado de los combustibles es un mercado concentrado y con características oligopólicas, sin que ello implique que no sea un mercado competitivo, de manera que al no existir evidencia concreta de que la fusión pueda aumentar los riesgos de la coordinación entre los actores, no es posible ex ante presumir una conducta que finalmente derive en el ilícito colusorio que se ha establecido en el fallo recurrido”.

La decisión contraria a la del TDLC, por parte de la Corte Suprema no es la primera. El Máximo Tribunal ya había revertido el fallo del oxígeno en 2006 (cuando resolvió que no existía colusión), el de Puerto Terrestre Los Andes en 2011 (que dijo que no habían cobros indebidos ni excesivos), el caso de termopaneles Hardie, otro de la Comisión Aeronáutica Civil contra LAN el 2009, entre otros.


Medidas de mitigación


La Corte, además, decidió imponer medidas de mitigación a la operación, como una forma de resguardar la libre competencia. Así, señaló que “se debe efectuar la desinversión de estaciones de servicio en todas aquellas comunas en que operan tanto Enex como Terpel y en las que, producto de la operación consultada, la variación del índice de concentración supere los umbrales establecidos en la Guía sobre Operaciones de Concentración elaborada por la Fiscalía Nacional Económica. Tal desinversión deberá ser realizada mediante una licitación pública, sin precio de reserva, en el plazo de 6 meses contados desde que se lleve a cabo la operación consultada”.

Estas medidas ya habían sido solicitadas la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en el proceso que llevó adelante en el TDLC.

Según la guía de la entidad, que cita la Suprema, los umbrales de concentración se miden, por lo general, con el índice Herfindahl-Hirschmann, los que no variarían respecto del análisis anterior que hizo la FNE, por lo que los resultados deberían ser los mismos, explican expertos en libre competencia.

Así, según da cuenta el mismo informe en el TDLC, “la FNE concluye que las comunas en que se observa una mayor probabilidad de riesgo son San José de la Mariquina, Illapel, Lota, Pucón, Valdivia, Concón y Rancagua, las que muestran comportamientos asimétricos en el traspaso de las variaciones del precio mayorista de ENAP al del precio de venta a público o precio final, lo que implicaría un riesgo en caso de completarse la fusión”.

En segundo término, la Suprema indica que “en lo referente a los contratos de arrendamiento y capacidad de almacenamiento celebrados por Terpel Chile, ellos deben ser finiquitados en el mismo plazo señalado para la desinversión, de manera que cualquier persona natural o jurídica pueda requerir capacidad de almacenamiento en dichas instalaciones para utilizarlas en sus operaciones”, indicó la Corte.

“Solicita la FNE que, sobre los contratos de arrendamiento y capacidad de almacenamiento celebrados por Terpel Chile en las plantas de Maipú, Linares, Quintero y Coronel”, dice el informe del Tribunal de abril de 2012.

Aunque en Terpel y en Quiñenco desestimaron referirse al fallo, pues indicaron que las compañías están analizando las medidas solicitadas, fuentes cercanas al holding de los Luksic indicaron que están dispuestas a aceptar las condiciones.

Quiñenco anunció en septiembre de 2011 que compraría los activos de Terpel, que se componen de más de 200 estaciones de servicio, para sumarlos a su red Shell, pagando US$ 320 millones.

Fuente: Diario Financiero

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