Corte Suprema autoriza con condiciones a Shell, del grupo Luksic, a comprar Terpel
>> 3 de enero de 2013
Fuente: El Mercurio
Los ministros Héctor Carreño, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval, Juan Escobar y Alfredo Pfeiffer acogieron los recursos de reclamación presentados por Quiñenco -matriz de inversiones de los Luksic-, revocando la decisión del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que había bloqueado la adquisición en abril del año pasado.
El TDLC, en un fallo dividido, había frenado la fusión entre Shell-controlada por Enex, compañía de combustibles de Quiñenco- y Terpel, por constituir un eventual agravamiento a la alta concentración que exhibe el mercado de los combustibles. Esto último teniendo en cuenta que, si se mide la participación de mercado por ventas minoristas, Copec (del grupo Angelini) tiene el 51,3%, Shell (ENEX más Terpel) el 29,5%, Petrobras el 16,2%, y otros el 3,0%.
"Luego de analizar los factores de riesgo de la operación consultada, así como las posibles eficiencias que generaría la fusión entre dos empresas del mercado de los combustibles, es posible a juicio de esta Corte determinar -en esta etapa preliminar- que no existen fundamentos concretos que permitan arribar a la convicción de que la operación consultada tendrá efectos negativos o perniciosos para la libre competencia", argumenta el fallo.
De llevarse a cabo la operación, el grupo Luksic pagará cerca de US$ 320 millones por Terpel al grupo Angelini. La compra incluye 200 estaciones de servicio y 97 tiendas de conveniencia, las cuales se agregarán a las cerca de 300 gasolineras que ya opera Shell.
Para dar su aprobación, la Corte Suprema impuso dos condiciones que deberá llevar a cabo Quiñenco si decide adquirir la firma de combustible.
La primera tiene relación con la desinversión por parte de Enex de las estaciones de servicio de Shell o Terpel donde se pueda exceder el límite de concentraciones establecido por la Fiscalía Nacional Económica (FNE).
"Tal desinversión deberá ser realizada mediante una licitación pública, sin precio de reserva, en el plazo de seis meses contados desde que se lleve a cabo la operación consultada", dice el fallo de la Suprema.
La segunda condición tiene relación con el término de los contratos de arrendamiento y capacidad de almacenamiento celebrados por Terpel Chile, "de manera que cualquier persona natural o jurídica pueda requerir capacidad de almacenamiento en dichas instalaciones para utilizarlas en sus operaciones".
Según fuentes ligadas a Quiñenco, actualmente los abogados se encuentran analizando los detalles del fallo, específicamente las medidas de mitigación propuestas. En este punto, no existiría conformidad dentro de Quiñenco con las condiciones solicitadas por la Suprema, pues obligará a la empresa a desprenderse de varios activos y finiquitar contratos de operación.
Total Cerca de 500 estaciones de servicio sumará Enex si decide comprar Terpel Chile.
Fuente: El Mercurio
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